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La Ley 1563 de 2012 contiene el nuevo estatuto de arbitraje nacional e internacional, con el cual se moderniza la legislación en la materia y se pasa de una diversidad de disposiciones dispersas a un estatuto único, del cual se destaca que el arbitraje puede ser institucional cuando es administrado por un centro de arbitraje de acuerdo con su reglamento, o ad hoc si es conducido por los árbitros siguiendo el trámite fijado en esta ley. El nuevo estatuto asegura la transparencia en la actuación de los árbitros, fija límites a los honorarios, precisa los términos de cada actuación y dispone reglas claras en cuanto a medidas cautelares y pruebas. La ley también regula la amigable composición, avanzando de un procedimiento informal a uno más formal, y el arbitraje internacional para el cual se siguió la ley modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil.
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Congreso de Colombia, Ley 1563, 12/7/2012
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