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DERECHO PRIVADO REGULA ACTOS DE EMPRESAS DE LAS TIC

Independiente de las reglas del derecho aplicables a su creación y organización, el Derecho privado es el encargado de regular los actos y contratos de las empresas que conforman el sector de tecnologías de la información  y las comunicaciones (TIC)

Así respondió el Consejo de Estado a un consulta hecha por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las comunicaciones. Según la sala de Consulta y Servicio Civil, el establecimiento de libre competencia en el sector de las TIC fue una preocupación manifiesta desde la misma presentación del proyecto de Ley que define los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y las TIC.

El escrito advierte  que el carácter público de una entidad no impide su sujeción al Derecho Privado, cuando la Ley así lo dispone. Por ende, estas normas rigen los contratos de las empresas del sector de las TIC, incluyendo los relativos a su régimen laboral. En consecuencia el régimen aplicable a las relaciones de trabajo en dichas entidades es el contenido en el Código Sustantivo del Trabajo.

Finalmente, aclaro que las personas vinculadas por medio de una relación legal y reglamentaria se regirán por normas del Derecho Público.

(C.E.,S de Consulta y Servicio Cvil, Rad. 11001-03-06-000-2012-00035-00(2102), jun.25/12, C.P Luis Fernando Alvarez)

 

 


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