|
El artículo 79 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, precisó, entre otros, el rol del Instituto Geográfico Agustín Codazzi como máxima autoridad catastral nacional, a través de la cual, entre otras, esta Entidad, conforme con los numerales 1°, 2° y 6° del artículo 4° del Decreto 846 del 29 de julio de 2020, tiene las funciones de “(…) ejercer como autoridad en materia geográfica, geodésica, cartográfica, catastral y agrológica nacional (…), al igual que la de “(…) ejercer la función reguladora y ejecutora en materia de gestión catastral (…)” y (…) expedir las normas que deberán seguir los gestores catastrales cuando les correspondan las funciones de formación, actualización y conservación catastrales (…)”; y en ejercicio de estas y otras facultades, se expidió la Resolución número 1149 del 19 de agosto de 2021, por medio de la cual se actualizó la reglamentación técnica de la formación, actualización, conservación y difusión catastral con enfoque multipropósito. |