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proceso de actualización catastral y su orden de renovación de la inscripción en el catastral

El artículo 79 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, precisó, entre otros, el rol del Instituto Geográfico Agustín Codazzi como máxima autoridad catastral nacional, a través de la cual, entre otras, esta Entidad, conforme con los numerales 1°, 2° y 6° del artículo 4° del Decreto 846 del 29 de julio de 2020, tiene las funciones de “(…) ejercer como autoridad en materia geográfica, geodésica, cartográfica, catastral y agrológica nacional (…), al igual que la de “(…) ejercer la función reguladora y ejecutora en materia de gestión catastral (…)” y (…) expedir las normas que deberán seguir los gestores catastrales cuando les correspondan las funciones de formación, actualización y conservación catastrales (…)”; y en ejercicio de estas y otras facultades, se expidió la Resolución número 1149 del 19 de agosto de 2021, por medio de la cual se actualizó la reglamentación técnica de la formación, actualización, conservación y difusión catastral con enfoque multipropósito.

 

 


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