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La Superintendencia de Industria y Comercio prorrogó hasta el próximo 1° de noviembre el plazo para que las cámaras de comercio les informen a las personas naturales y jurídicas que se registraron entre el 29 de diciembre del 2010 y el 28 de febrero del 2011 sobre la posibilidad de acogerse a los beneficios establecidos en el artículo 7° de la Ley 1429 del 2010 (Ley de Formalización y Generación de Empleo), sobre progresividad en el pago de la matrícula mercantil. Dentro del mes siguiente a la fecha de presentación del formulario por parte de los comerciantes que se acojan a estos beneficios y a los de progresividad en el pago de los aportes parafiscales, que también contempla
dicha ley, las cámaras les devolverán los derechos que cancelaron por concepto de matrícula y, si es del caso, el 50% de los derechos de renovación para el año 2011, reitera la nueva directriz

(Superindustria y Comercio, Circular externa 21, 9/30/2011 )

 

 


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