| Asamblea debe aprobar cambios a valor de acciones previstos en estatuto |
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Si el valor nominal de las acciones es una formalidad contemplada en los estatutos, cualquier modificación, aumento o disminución debe hacerse mediante reforma estatutaria. Estos cambios afectan el número de acciones que representan el capital autorizado, suscrito y pagado de la sociedad, pero no la participación de cada accionista frente al capital social. (Supersociedades, Cpto. 220-1091, ene 13/13) |