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La superintendencia de sociedades señalo que no existe impedimento legal para que en una sociedad por acciones simplificadas (SAS), su accionista único suscriba un contrato de trabajo con la misma sociedad y tenga, en consecuencia, los derechos que la legislación laboral le concede, entre ellos su vinculación al sistema de seguridad social. Ámbito jurídico, del 2 al 15 de septiembre del 2013, pág.2 |