| SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA EN COLOMBIA |
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Se denomina sociedad extranjera las constituidas conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en el exterior, la sociedad cuya sucursal quiera desarrollar actividades permanentes dentro del territorio y realizar inversiones deberá cumplir con unos requisitos, deberá tener copias autenticas de la constitución, de sus estatutos, el acto que acordó establecimiento en Colombia y de los que acrediten la existencia de la sociedad y la personería de su representante legal. Para que la sucursal pueda establecer negocios permanentes en Colombia deberá expresar: 1) los negocios que pretende desarrollar conforme a su objeto social. 2) El monto del capital asignado a la sucursal. 3) lugar del domicilio escogido. 4) Designación de un representante legal. 5) Designación del revisor fiscal. Revista ASUNTOS LEGALES |