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QUE ES UNA OBLIGACION CLARA, EXPRESA Y EXIGIBLE ? |
Sala de lo Contencioso Administrativo - Sección Cuarta
Actor: La Previsora S.A. Compañia de Seguros Demandado: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Consejero Ponente: Milton Chaves García
Radicación número: 15001-23-33-000-2014-00538-01 (24765)
El proceso ejecutivo busca la efectividad del derecho que tiene el demandante de reclamar al ejecutado el cumplimiento de una obligación clara, expresa y exigible (artículo 422 del Código General del Proceso). La obligación es expresa porque se encuentra especificada en el título ejecutivo, en cuanto debe imponer una conducta de dar, hacer o no hacer. Es clara cuando sus elementos están determinados o pueden inferirse de una simple revisión del título ejecutivo y es exigible cuando puede demandarse el cumplimiento de la misma por no estar pendiente de un plazo o condición.
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