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La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección de datos personales, emitió una orden de obligatorio cumplimiento a la empresa WhatsApp LLC para que implemente medidas acordes con el estándar colombiano en materia de Habeas Data y debido tratamiento de datos personales. La decisión se tomó luego de determinar que la Política de Tratamiento de la Información (PTI) de WhatsApp LLC incumple en un 57,89 % los requisitos que exige la regulación colombiana. Adicionalmente, se estableció que dicha empresa tampoco cumple con el 75 % de los requerimientos establecidos en el artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012. |