| NORMAS DE RETEFUENTE PREVISTAS PARA MANDATO SE APLICAN A CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO |
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El artículo 29 del Decreto 3050 de 1997 establece la forma de practicar la retención en la fuente en el contrato de mandato, declarar los ingresos y solicitar los respectivos costos, deducciones e impuestos descontables. Estas normas son aplicables al contrato de encargo fiduciario. (DIAN, Cpto. 30811 (239), mayo 14/12) |