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La DIAN efectuó algunas precesiones sobre el beneficio de progresividad en el pago del impuesto de renta aplicable a las pequeñas empresas. Entre otras cosas, aclaro que la obligación de llevar contabilidad debe cumplirse desde que inicia el desarrollo de la actividad económica principal, es decir, desde cuando se efectuó el registro mercantil en la cámara de comercio. (DIAN, Cpto. 36397, jun.7/12 |