| Minhacienda reglamenta retefuente para empleados |
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Con la expedición del Decreto 99 del pasado 25 de Enero, el Gobierno reglamento la retención en la fuente mínima para empleados declarantes por concepto de rentas de trabajo, así como la depuración de la base para su cálculo, de conformidad con los artículos 13 y 14 de la reciente reforma tributaría (L 1607/12). La norma contiene la tabla de retención para los ingresos laborales gravados implementada por el artículo 388 del Estatuto Tributario (ET). Además, establece que desde el 1 de abril de 2013, la retención en la fuente de los empleados obligados a declarar el impuesto sobre la renta no podrá ser inferior al mayor valor mensual que resulta de aplicar la tabla de retención en la fuente para empleados por concepto de rentas de trabajo o la tabla que el artículo 14 de la Ley 1607 adiciono al artículo 284 de ET, a partir de pagos mensualizados. En el cálculo de la retención en la fuente se tendrá en cuenta el valor de la UVT para el 2013, que la DIAN fijo en 26.841 pesos, según la Resolución 00138 del 2013. |