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AUMENTO DE CAPITAL EN UNA SOCIEDAD REQUIERE DE REFORMA ESTATUTARIA

El capital autorizado de una sociedad anonima solo puede aumentarse a través de una reforma al contrato social  con el quorum y la mayoria prevista  en los estatutos. La decision se debe elevar a escritura pública y registarse en la camara de comercio del domicilio social.(Supersociedades,cpto.220-87027, sept /08) 

 

 


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