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El hecho de que una patente se haya concedido en otro pais no obliga a la superintendencia de industria y comercio a concederla en Colombia. El consejo de estado advirtió que en cada caso, el interesado debe demostrar la novedad, la aplicacion industrial y el nivel inventivo del producto o procedimiento, porque todas las oficinas de patentes son independientes y sus decisiones no obligan a las demás. (C.E. Secc primera, Sent. 11001032400020040008601 del 2 de abril de 2009 C.P. MARTHA SOFIA SANZ) |