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Modifican circular de la Superindustria sobre la Clasificación Internal de servicios y Productos

La Edición de la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas, establecida por el Arreglo de Niza del 15 de junio de 1957, que se encuentre vigente, será la que se aplique a todas las solicitudes de registro de marcas presentadas ante esta Superintendencia. No se efectuarán reclasificaciones de marcas respecto de solicitudes en trámite o de aquellas registradas; así como tampoco para el momento de su renovación. Estas marcas conservarán durante la vigencia del registro la clase asignada de la Edición bajo la cual se otorgó el registro.

 

 


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