| Agencias de seguros no pueden organizarse como S.A.S |
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Las agencias de seguros no pueden tener el régimen societario de las sociedades por acciones simplificadas (S.A.S), pues, de acuerdo con el estatuto Orgánico del Sistema Financiero, solo pueden ser dirigidas por personas naturales y sociedades colectivas, en comandita simple o de responsabilidad limitada. (Superfinanciera, Cpto 2009045970, jul, 6/09) |