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Los patrimonios autónomos no pueden ser accionistas ni socios de sociedades anónimas, porque no tienen personalidad jurídica, recordó la Superintendencia de Sociedades. Sin embargo si es posible constituir fiducias mercantiles respecto de cuotas o acciones de una compañías, advirtió la entidad. (Supersociedades, Cpto 220- 115276, sep 15/09) |