| Datos personales en libro de accionistas requieren consentimiento de asociados. |
| El articulo 195 de Código de comercio exige que el libro de accionistas refleje la situación jurídica de las acciones, no la de los asociados. Por eso, el registro de sus datos personales requiere el consentimiento libre, expreso y previo del accionista, indicó la Superintendencia de Sociedades. ( Supersociedades, Cpto 220 - 124064, oct 14 /09) |