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Solo si empleador conoce el embarazo se protege integralmente a la mujer

Con el fin de aclarar el alcance de la estabilidad laboral reforzada de la mujer en embarazada, la corte constitucional adopto la Sentencia SU-070 del pasado 13 de febrero, después de estudiar 33 acciones de tutela interpuesta por trabajadoras que fueron despedidas en ese estado y bajo distintos tipos de contratos.

De acuerdo en el comunicado de prensa que se dio a conocer el fallo, el grado de protección depende del conocimiento del embarazo por parte del empleador. Si existe, la protección es integral;  de lo contrario, se basara en el principio de solidaridad y en la posibilidad de garantizarles un ingreso a la madre y el recién nacido.

C.Cons., comunicado Sent. SU.070, Feb. 13/13 M.P Alexei  Julio Estrada)

 

 


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