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La comisión permanente de concentración de políticas salariales y laborales, conformada por representantes del Gobierno, de los empleadores y los trabajadores, acogió el acta de acuerdo que fijo concertadamente el salario mínimo legal mensual vigente para el 2014 en 616.000 pesos. Así lo determino el Decreto 3068 del pasado 30 de Diciembre. Para el acuerdo con la normativa laboral, el salario mínimo legal diario es de 20.533 pesos, la hora diurna vale 2.567 y la nocturna 3.465. en cuanto a las horas extras la diurna tiene un valor de 3.208 pesos y nocturna 4.492 pesos. Por otro lado, el salario mínimo integral es de 8´008.000 pesos, el cual será pactado por la persona que devengue mas de 10 SMLMV. Además el decreto 3069 del 2013 estableció el auxilio de transporte en 72.000 pesos. Este emolumento debe ser pagado por los empleadores de los servidores públicos y trabajadores particulares que devenguen hasta dos veces el SMLMV, en todos los lugares donde se preste el servicio de transporte. Cabe aclarar que dicho auxilio conforma la base para liquidar las prestaciones sociales, pero no debe ser tenido en cuenta en las cotizaciones al sistema de seguridad social ni el pago de aportes parafiscales. El salario mínimo aplico a los trabajadores sujetos a la jornada máxima legal mientras quienes trabajan por un tiempo inferior lo percibirán en proporción al número de horas laboradas.

Dtos 3068 y 3069 dic. 30/13, ámbito jurídico 13 al 28 de enero 2014.

 

 


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